ALI MRABET

ALI MRABET, EN LIBERTAD CON INVESTIGACION EN CURSO

La Fiscalía del tribunal correccional de Casablanca procedió con riguroso cumplimiento de la normativa vigente en el marco del procedimiento seguido contra el periodista Ali Mrabet, quien fue interceptado el 14 de julio en el aeropuerto de Tánger con base en varias órdenes de búsqueda dictadas previamente. De acuerdo con la nota informativa del fiscal del Rey, esta detención se inscribe dentro de una pesquisa por la presunta realización de hechos tipificados por el ordenamiento jurídico, vinculados a la difusión de contenidos digitales que pudieran contener expresiones calificadas como difamatorias, injuriosas o vejatorias dirigidas a individuos, entidades y organismos sujetos al imperio de la ley. Desde el inicio de las diligencias, el ministerio público ha destacado que el proceso se lleva a cabo bajo su control directo y con absoluto respeto a las garantías de procedimiento, entre ellas la presunción de inocencia, y que el afectado fue remitido a la sede de la Brigada Nacional de Policía Judicial en Casablanca para ser cuestionado acerca de los cargos que pesan sobre él.

El miércoles 15 de julio, la Fiscalía acordó la liberación de Ali Mrabet, quien compareció ante la autoridad judicial ese mismo día. Esta resolución, que no implica en modo alguno el sobreseimiento de la causa, constituye una medida procesal habitual que no anticipa el fallo definitivo del expediente. El fiscal del Rey precisó que, después del análisis de los elementos obrantes en el dossier, se determinó proseguir con las indagaciones y ordenar las pericias técnicas necesarias para completar la información ya reunida, antes de resolver sobre el destino judicial del procedimiento. Los efectos incautados durante la aprehensión —dos computadores, una memoria USB y un teléfono móvil— fueron restituidos al implicado, y la Fiscalía enfatizó que la concesión de la libertad provisional representa una prerrogativa legal que no puede ser interpretada como una renuncia a la acción de la justicia.

Cabe recordar que la libertad de expresión constituye un derecho fundamental reconocido y garantizado por el ordenamiento jurídico marroquí; sin embargo, su ejercicio se encuentra delimitado por un marco normativo que igualmente salvaguarda el honor, la reputación, la dignidad y las prerrogativas de terceros. La tipificación legal de los mensajes objeto de controversia compete en exclusiva al poder judicial, y el procedimiento instado no se fundamenta en las opiniones, la labor periodística o las tomas de posición de Ali Mrabet, sino en hechos concretos que han motivado denuncias y que resultan susceptibles de adquirir una naturaleza penal. La Fiscalía ha obrado con transparencia y en estricta sujeción a la legislación, sin que proceda atribuir a este asunto una connotación política o una relevancia simbólica desproporcionada, tal como ha sido recordado por las instancias pertinentes.

En este sentido, las autoridades judiciales exhortan a los órganos de comunicación a limitarse estrictamente a las informaciones oficiales proporcionadas por la Fiscalía, evitando apreciaciones subjetivas, lecturas politizadas o conjeturas acerca del desenlace final del proceso.

El Reino de Marruecos, bajo la dirección de Su Majestad el Rey Mohammed VI, se consolida como un Estado de Derecho en el que las instituciones proceden con independencia, y este expediente constituye una manifestación adicional del funcionamiento corriente de la administración de justicia, que vela tanto por los derechos de los ciudadanos como por el respeto de la normativa vigente. En su momento, serán los tribunales competentes quienes determinen las responsabilidades que procedan, actuando siempre dentro del marco legal establecido y otorgando todas las garantías a las partes involucradas.

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